11 de abril de 2009

Kant (él, también) hubiera comprado en Mediamarkt

Él más que nadie.


Nada más y nada menos! Interesante punto de vista. Intempestivo. (Nos informa Kuno Fischer.)

2 comentarios:

Eugenio dijo...

En algún sitio he leído que el manual de Kuno Fisher sobre Kant fue la única fuente que Nietzsche consultó para hacerse una idea del "cristiano alevoso".

Siempre me ha gustado hojear la parte dedicada al derecho conyugal de La metafísica de las costumbres de Kant. Es difícil ser más reaccionario. Cito un par de textos al azar (las negritas son mías, no puedo evitar reírme con esas cosas, sobre todo lo de que el matrimonio se deduce de las leyes de la razón pura):

El derecho de la sociedad doméstica
Título primero: El derecho conyugal
§24
La comunidad sexual (commercium sexuale) es el uso recíproco que un hombre hace de los órganos y capacidades sexuales de otro (usus membrorum et facultatum sexualium alterius), y es un uso o bien natural (por el que puede engendrarse un semejante) o contranatural, y éste, a su vez, o bien el uso de una persona del mismo sexo o bien el de un animal de una especie diferente a la humana; estas transgresiones de las leyes son vicios contra la naturaleza (crimina carnis contra naturam), que se califican también como innominables; en tanto que lesión a la humanidad en nuestra propia persona, no pueden librarse de una total reprobación por restricción ni excepción alguna.
La comunidad sexual natural es, pues, o bien la comunidad según la mera naturaleza animal (vaga libido, venus vulgivaga, fornicatio) o bien la comunidad según la ley. —Esta última es el matrimonio (matrimonium), es decir, la unión de dos personas de distinto sexo con vistas a poseer mutuamente sus capacidades sexuales durante toda su vida. —El fin de engendrar hijos y educarlos siempre puede ser un fin de la naturaleza, con vistas al cual inculca ésta la inclinación recíproca de los sexos; pero para la legitimidad de la unión no se exige que el hombre que se casa tenga que proponerse este fin; porque, en caso contrario, cuando la procreación termina, el matrimonio se disolvería simultáneamente por sí mismo.
Incluso suponiendo el placer como fin del uso mutuo de las facultades sexuales, el contrato conyugal no es un contrato arbitrario, sino un contrato necesario por la ley de la humanidad; es decir, que si el varón y la mujer quieren gozar mutuamente uno de otro gracias a sus capacidades sexuales, han de casarse necesariamente y esto es necesario según las leyes jurídicas de la razón pura.

§25
En efecto, el uso natural que hace un sexo de los órganos sexuales del otro es un goce, con vistas al
cual una parte se entrega a la otra. En este acto un hombre se convierte a sí mismo en cosa, lo cual contradice al derecho de la humanidad en su propia persona. Esto es sólo posible con la condición de que, al ser adquirida una persona por otra como cosa, aquella, por su parte, adquiera a ésta recíprocamente; porque así se recupera a sí misma de nuevo y reconstruye su personalidad. Pero la adquisición de un miembro del cuerpo de un hombre es a la vez adquisición de la persona entera, porque ésta es una unidad absoluta; por consiguiente, la entrega y la aceptación de un sexo para goce del otro no sólo es lícita con la condición del matrimonio, sino que sólo es posible con esta condición. Ahora bien, el hecho de que este derecho personal sea también de índole real (dinglich) se funda en que, si uno de los cónyuges se ha separado o se ha entregado en posesión a otro, el otro está legitimado siempre e incontestablemente a restituirlo en su poder, igual que una cosa.

Egoficción dijo...

Pues no es tan desaprovechable el tal Kant.