1 de septiembre de 2012

Por la salud pública!

Sin embargo, aún hay una sexta excepción a la norma: el supuesto de “salud pública”. Se trata principalmente de enfermedades infecciosas y de declaración obligatoria (hepatitis, legionelosis, tuberculosis, VIH...), aunque también se incluyen las patologías de salud mental (trastorno bipolar, esquizofrenia...). A diferencia de las otras excepciones, los extranjeros tendrán que pagar por su asistencia sanitaria, según el documento Instrucciones sobre la asistencia sanitaria a prestar por el Servicio Madrileño de Salud a todas aquellas personas que no tengan la condición de asegurada o beneficiaria, que llegó este martes a las consultas de primaria. (En El país)
No sabemos de qué admirarnos más, si de la necedad o del atrevimiento.

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